Versión del acta matrimonial de Pedro Ferreira y Avelina Muniz:
En el día doce de Setiembre de mil ochocientos setenta y tres en la Iglesia Parroquial de San Vicente y San Salvador de la villa Treinta y Tres, después de corridas las conciliares menciones y hechas las demás diligencias que prescribe el derecho, visto no resultar impedimento, el Teniente Cura Don José Alberto Rodriguez, con mi licencia, autorizó el matrimonio que
In Facia Eclesia y con palabras de presente, contrajo Pedro Ferreira con Avelina Muniz, ambos solteros, edad él treinta y seis años, hijo natural de Manuel (Ferreira) y Marcelina Medina, orientales de este Estado él difunto, y ella, vecina del Durazno, ella edad diez y siete años, hija legitima de Daniel Muniz y Josefa García, naturales de este estado, vecinos de esta parroquia en Gutierrez Fueron testigos, Manuel Carabajal y Concepción Muniz. Y por ser así lo firmo
Ramon Rodriguez A.
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