VO. 768. NÚM. 5. S. CIVIL. -ORIGINAL-
En el nombre de la Santissima Trinidad Amen. Sepan quantos esta carta de
testam.to y ultima voluntad vieren como yo D.a
Fran.ca de Yegros vecina de esta Ciudad de La Assump.on del Paraguay hija legitima de D.n Joph de Yegros y de D.a
Fran.ca Ledesma difuntos, estando enferma pero en mi a Juicio memoria y
entendim.to natural, arciendo como firmem.te creo, todos los articulos y misterios de nuestra Santa fee Catholica en cuia creencia quiero y protesto vivir y morir como fiel Christiano y verdadera catholica; y espero en la divina Mag.d q.e hade tener misericordia de mis culpas, y pecados p.r los meritos de Ntro Señor gesu christo y de su Santissima Madre Maria Señora nuestra á quien elijo p.r abogada p.a el trance en q.e me hallo, y el Angel de mi guarda Santo de mi nombre, y Santos de mi devocion me asistan en el tremendo tribunal de D.s hago, y ordeno, y establesco este mi
testam.to y ultima Voluntad en la forma siguiente-
Prim.te Mando mi alma á Dios nuestro Señor q.e la crio y redimio con el inestimable precio de su Sangre, y el cuerpo mando á la tierra de q.e fué formado-
Yttm. Es mi voluntad quando la de Dios sea servidio sacarme de esta presente vida q.e mi cuerpo sea amortajado con el habito de ntro p.e S.n
Fran.co y sepultado en su Yglesia de donde soi tercera y acompañe mi cuerpo el Cura de la Cathedral, y la cruz baja siendo hora competente de celebrar el
S.to sacrificio de la risa se me diga una misa cantada con vigilia de cuerpo presente y consecutivamente un novenario de misas resadas y la ultima cantada p.r cavo de año-
Yttm. Mando á las candas forsosas quatro reales á -roto- mis Bienes del Pais-
Yttm. Declaro soy tercera de la seraphica orden, y Cofrade de Nuestra Señora de la Merced, y del Carmen: mando se dé noticia á quienes corresponden para q.e ofrescan p.r mi alma los debidos sufragios-
Yttm. Declaro que fui Casada y Velada con D.n Domingo de Flecha de cuio matrimonio no procreamos hijo alguno:
Yttm. Dejo p.r mi entierro y funerales un Mulatillo esclavo llamado Mariano Gaspar de edad de siete años, á mi Cura Doct.r D.n Dionicio de Otazu p.a q.e si quiere lo ceja, y costee dho mi entierro, y funerales, y mis Albaceas le entregaran-
Yttm. Declaro p.r mis bienes unas fanegas de tierra de labor en el paraje de Ybiray cono costa de los instrum.tos de mi favor, en las quales tierras se halla un lance de Casa con su Cupial cubierto de texa bastantemente arruinado cuias tierras y casas es mi ultima voluntad fundar una Capellania de Legos con pension de seis misas resadas por cada un año, por mi alma y la del difunto mi esposo el
Sarg.to Mai.r D.n Domingo de flecha: y poniendo lo en exeucicon digo c.a desde luego elijo y nombro p.r Patron de dha Capellania á mi Sobrino el Cap.n Comand.te de Artilleria D.n Garcia Rodrig.z Francia y p.r Capellan á qualquiera de sus hijos q.e se ordenasse de clericato, y quando estos no lo sean deberan sastisfacer con el recivo cada, y quando se les pida por Juez competente de las referidas seis misas, y se entienda q.e la citada Capellania la fundo perpetuam.te y haiga de seguir p.r linea recta la desendencia, y ácendencia del citado D.n Garcia Rodriguez Francia y si p.r casualidad esto se acabasse, el poseedor de ella dispondra á su voluntad y arbitrio dexandola a qualquiera persona-